Requisitos de Correspondencia

A continuación se muestran los requisitos asociados al tipo de correspondencia seleccionada.

Renovación de registro empresa consultora ambiental

Requisitos:

Artículo 74. -Vigencia y renovación de la inscripción. La vigencia de la inscripción será de dos años contados a partir de la notificación del oficio que la aprueba y deberá ser renovada dentro del mes anterior al vencimiento, a solicitud del consultor ambiental inscrito, previa actualización de su estatus y verificación del cumplimiento de los requisitos de renovación. (DECRETO 31849)

  1. Presentar solicitud formal de renovación, indicando todas sus calidades, número de registro ante la SETENA, así misma actualización de los números teléfonos, correo electrónico y dirección para notificaciones.
  2. Certificación de personería jurídica con no menos de tres meses de emitida, en la cual se incluyan todos los miembros de la Junta Directiva y apoderados de la sociedad. Todos los apoderados de dicha empresa deberán estar debidamente inscritos como consultores individuales de conformidad con lo señalado anteriormente.
  3. Estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social (artículo 74 de la “Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social”) o bien cumplir con el acuerdo No. ACP-28-2018, de la Comisión Plenaria que indica:

    …PRIMERO: Que los distintos departamentos de la SETENA deberán dar trámite a las gestiones de las personas físicas o jurídicas en los siguientes estados:

    a. Inscrita activa y al día

    b. Inactiva sin morosidad

    c. No inscrita: siempre y cuando el interesado presente una declaración jurada privada (no protocolizada), haciendo constar que no ostenta la calidad de patrono o de trabajador independiente según sea el caso.

    SEGUNDO: Que a quien sea patrono o trabajador independiente y no se encuentre inscrito ni al día con el pago de las obligaciones correspondientes, se le deberá prevenir, por una única vez, poner su situación a derecho dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes, en los siguientes casos: a. Inscrito con morosidad. b. Patrono o trabajador independiente no inscrito ni al día con el pago de las obligaciones correspondientes. Transcurridos los 10 días hábiles sin haberse cumplido el requisito, se archivará la gestión.

    TERCERO: En caso de duda, SETENA podría elevar la consulta al Departamento de Inspección de la CCSS, sin que dicha consulta suspenda el conocimiento de la solicitud o trámite, de conformidad con el dictamen C-207-2014 del 26 de junio del 2014…”.